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Continuidades y rupturas en la protección de derechos de niños y niñas en la provincia de Mendoza (1995-2008): redes, prácticas, instituciones y actores
José María Vitaliti.
Tesis de Doctorado. DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES ; UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, Bernal, Argentina.
  ARK: https://n2t.net/ark:/13683/pruC/8bQ
Resumen
El propósito del presente trabajo se centrará en contribuir a la historia de la protección estatal de la niñez en Argentina a través del estudio de caso de la situación de la provincia de Mendoza entre los años 1995-2008. La metodología utilizada es de enfoque mixto, la cual indaga datos tanto cuali como cuantitativamente, permitiendo profundizar en las categorías emergida y propuestas según las decisiones técnicas que ameriten las características del objeto a indagar. Como vía de acceso al objeto nos proponemos una estrategia heurístico-hermenéutica e indiciaria. Las fuentes consultadas testimoniales y documentales. Se utilizaron legajos de niños/as institucionalizados/as correspondientes al fondo documental del Archivo general de la DGP de la provincia de Mendoza. Se realizaron siete actores claves de la política, práctica y normativas provinciales. La hipótesis central de este trabajo es que: la sanción de la Ley Provincial N° 6354 fue el puntapié para gestar cambios tanto en lo normativo como en lo institucional a nivel local con proyección nacional. No obstante, en el plano local con el contexto de crisis social las prioridades presupuestarias continuaron favoreciendo el mecanismo de la institucionalización mediante la tutela judicial. A partir de la sanción de la ley Nacional N° 26.061 y a pesar de los conflictos entre los poderes judicial y ejecutivo, se consensuó la suspensión como estrategia política para ordenar la transición, como repliegue conservador del poder judicial y como desafío para la nueva plataforma política que lo asumió. En nuestra investigación hemos podido corroborar que la provincia de Mendoza alojó este enclave global mediante la sanción de una ley propia, la generación de un encuentro nacional y organización y creación de institucionalidad alineada a esta normativa. En relación a la suspensión, la Acordada era inconstitucional pero, sin embargo, existió el pacto tácito de su vigencia hasta que los poderes del estado definieran las transiciones y nuevos escenarios. Por otra parte, en lo que se refiere específicamente a la DINAADyF órgano de encargado de la ejecución de la política de infancia, si bien ordenó internamente los mecanismos tradicionales (admisión) y alternativos (familia cuidadora y pequeños hogares) e instaló los segundos como posibilidades, la falta de inversión en los mecanismos alternativos y la fuerte autoridad judiciales continuaron priorizando los mecanismos tradicionales. En relación al discurso experto, mediante el andamiaje de la especificidad institucional, genera categorías subjetivas donde perviven la minoridad y la niñez como objeto de evaluación y la familia, en la figura de la madre, es continuamente incluida en mecanismos institucionalizantes. Por último, la institucionalización es resistida por los cuerpos infantiles. De hecho, los cuerpos infantiles generan diversos modos y mecanismos que autorregulan su propia institucionalización.
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