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REINGRESO AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES - MODIFICACIONES Y SU CONVENIENCIA
Stamponi Victoria, Bertone Guillermina Soledad, Gómez Iturres Celeste y Mercol Martín Esteban.
Jornadas 2024 Pre IX Congreso de Ciencias Económicas del Centro de la República de la UNVM, Villa María, 2024.
Dirección estable:
https://www.aacademica.org/jornadas.2024.pre.ix.congreso.de.ciencias.economicas.del.centro.de.la.republica.de.la.unvm/52
Resumen
REINGRESO AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
MODIFICACIONES Y SU CONVENIENCIA
Marco legal de la modificación para el nuevo plazo de reincorporación- DR 611/2024
Introducción
El Decreto 661/2024 ofrece una nueva posibilidad para los contribuyentes que hayan sido excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) o que hayan renunciado a él en el pasado. Esta opción está regulada bajo ciertas condiciones que buscan facilitar el retorno al régimen simplificado.
Resumen de la Opción de Reingreso
Exclusión y Período de Reingreso:
Generalmente, un pequeño contribuyente que ha sido excluido del RS no puede reingresar al mismo hasta transcurridos tres años calendario desde la exclusión.
Condiciones Específicas para Reingreso:
Sin embargo, aquellos que hayan determinado impuestos bajo el Régimen General, beneficiándose de ciertas disposiciones específicas de la Ley N° 24.977, pueden optar nuevamente por el RS después de un período mínimo de un año calendario desde la finalización del último período fiscal en el que hayan disfrutado de esos beneficios.
Artículos Relacionados
Artículo 28 DR 1/2010: Este artículo establece que, en general, la exclusión del RS impide el reingreso hasta después de tres años calendario. Sin embargo, los contribuyentes que han usado beneficios específicos del Régimen General tienen la posibilidad de reingresar al RS tras haber transcurrido al menos un año desde el último período en el que recibieron dichos beneficios.
Aplicación del Decreto 661/2024
Artículo 11 del Decreto 661/2024 permite a los contribuyentes excluidos entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024 optar por reingresar al RS sin esperar los plazos normales, siempre que cumplan con las condiciones vigentes desde el 1° de agosto de 2024.
Esta opción es una excepción a la regla general del artículo 28, proporcionando una oportunidad adicional para aquellos que buscan reincorporarse al régimen simplificado.
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Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.
Para ver una copia de esta licencia, visite https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es.
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